ESTADO ECUATORIANO EMITE REGLAMENTO GENERAL A LA LEY DE USO Y PROTECCIÓN DEL EMBLEMA DE CRUZ ROJA Y LA MEDIA LUNA ROJA

(Quito D.M., 20 de mayo del 2021.-) El día de ayer 19 de mayo del 2021, el Presidente de la República, Lcdo. Lenin Moreno Garcés, expidió el Reglamento General a la Ley sobre el Uso y Protección del Emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.

El presente Reglamento General tiene como objetivo establecer las normas de aplicación de la Ley sobre el Uso y Protección del Emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, en especial el procedimiento adecuado para su uso protector e indicativo. A su vez, establece las medidas de prevención, control, vigilancia y acciones administrativas por el uso indebido de los mismos.

La ley y el presente reglamento establece que se debe salvaguardar la integridad y la vida de toda persona y proteger a todo objeto que esté identificado con el emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja en todo momento.

El Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja es una red humanitaria cuya misión es prevenir y aliviar en todas las circunstancias el sufrimiento humano, proteger la salud y hacer respetar a la persona en tiempo de conflicto armado, desastres y en otras situaciones de urgencia. Está compuesto por el Comité Internacional de la Cruz Roja, la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. Se guía por los principios de Humanidad, Neutralidad, Imparcialidad, Independencia, Voluntariado, Unidad y Universalidad.

En Ecuador, se trata de la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Ecuatoriana, la cual es una organización imparcial, independiente, neutral, auxiliar de los poderes públicos que se esfuerza por prestar protección y asistencia humanitaria; a su vez, forma parte del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. Su objetivo es proteger la vida y promover la salud y hacer respetar a la persona humana. Por otro lado, busca promover el respeto de los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales, difundiendo sus principios fundamentales y el Derecho Internacional Humanitario y los derechos humanos.

Según el Reglamento General a la Ley del Emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, todas las personas naturales o jurídicas que estuvieran haciendo uso indebido o imitación del Emblema de la Cruz Roja y la Media Luna Roja implementarán las medidas pertinentes a fin de retirar dichos emblemas o de ser el caso usarlos de conformidad a las disposiciones del presente reglamento.

Para más información comuníquese con:

Carolina Hernández

Analista de Comunicación

Cruz Roja Ecuatoriana – Sede Central

Antonio Elizalde E4-31 y Av. Gran Colombia

Telf.: +593 2 2582 482 ext. 244

Móvil: +593 987001672

http://www.cruzroja.org.ec/

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